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Mercado Libre Full y Amazon FBA México 2026 — Guía Completa

Facturación, CFDI y Régimen Fiscal del Vendedor en Amazon y Mercado Libre 2026 (RESICO, Persona Física vs Persona Moral, Factura Global)

La plataforma te retiene ISR e IVA, sí — pero esa es solo la mitad de tu vida fiscal. La otra mitad es la que casi nadie te explica antes de que el SAT te la cobre: bajo qué régimen te das de alta, cómo emites tus propios CFDI 4.0 a los clientes que sí piden factura, y cómo cierras el mes con una factura global por todas las ventas al público en general que no pidieron RFC. Esta guía está pensada para el vendedor que importa de China y vende directo al consumidor en Amazon y Mercado Libre, y que tiene que decidir cómo formalizarse: RESICO Persona Física (tope reportado de $3.5 millones MXN al año y tasas de ISR de ~1% a 2.5%), Régimen General de Persona Física con actividad empresarial, o Persona Moral (incluido RESICO PM, hasta ~$35 millones). Hay un detalle que rompe esquemas y que tienes que conocer antes de elegir: las reglas reportadas para 2026 indican que quien obtiene ingresos por plataformas tecnológicas no puede tributar en RESICO PF por esos ingresos. No es asesoría fiscal: las cifras son rangos de referencia con base en fuentes del sector y debes confirmarlas con tu contador y en el portal del SAT.

Sam Tam
Por Sam Tam — Fundador y Director General
Publicado Actualizado 14 min lectura

Respuesta rápida

Como vendedor que importa de China y vende en Amazon o Mercado Libre, tienes dos vidas fiscales que la gente suele confundir. La primera es lo que la plataforma te retiene (ISR e IVA antes de depositarte) — eso lo cubrimos a fondo en otra guía. La segunda, la de esta guía, es tu propio régimen y tu propia facturación: bajo qué figura te das de alta, cómo emites CFDI 4.0 a los clientes que sí piden factura, y cómo cierras con una factura global por todas las ventas al público en general que no pidieron RFC.

La decisión de régimen no es trivial y tiene una trampa reportada para 2026: quien obtiene ingresos por plataformas tecnológicas no puede tributar en RESICO Persona Física por esos ingresos (regla 3.13.3 de la RMF reportada). En la práctica eso te empuja al Régimen de Actividades Empresariales con ingresos por plataformas tecnológicas, al Régimen General de PF, o a constituir una Persona Moral. Cada opción tiene implicaciones de impuestos, contabilidad y trámites. No es asesoría fiscal — es el mapa para que llegues a tu contador haciendo las preguntas correctas.

Antes de seguir: todas las cifras de esta guía (topes de ingresos, tasas, porcentajes de retención, plazos) son rangos de referencia reportados por fuentes del sector y guías del SAT, y pueden cambiar o tener excepciones según tu caso. Verifica cada número con tu contador y en el portal del SAT (gob.mx/sat) antes de tomar cualquier decisión. Esto es contenido informativo, no asesoría fiscal ni legal.

Qué cubre esta guía

  • Las dos vidas fiscales del vendedor: lo que la plataforma te retiene vs. tu propio régimen y facturación (y por qué no son lo mismo)
  • Elegir régimen fiscal: RESICO PF, Régimen de Actividades Empresariales por plataformas, Régimen General de PF y Persona Moral (incluido RESICO PM)
  • La trampa del RESICO: por qué los ingresos de plataforma reportadamente te sacan de RESICO PF
  • Cómo emitir CFDI 4.0 a los clientes que sí piden factura
  • La factura global: cómo documentar todas las ventas al público en general sin RFC
  • Cómo se acredita la retención de la plataforma contra el impuesto de tu régimen
  • Obligaciones operativas: RFC, e.firma, CSD, declaraciones y el castigo del 36%

Las dos vidas fiscales del vendedor (y por qué la gente las confunde)

Cuando vendes en un marketplace, hay dos cosas distintas ocurriendo al mismo tiempo:

  1. La plataforma como retenedor. Amazon o Mercado Libre te descuentan ISR e IVA antes de depositarte y los enteran al SAT a tu nombre. Esto es automático y no depende de cómo factures: depende de tu RFC y de tu situación fiscal. La mecánica completa —cuánto, por qué, y el castigo por RFC en desorden— está en la guía de retenciones de plataformas digitales 2026. Esta guía no repite eso.

  2. Tú como contribuyente. Independientemente de lo que la plataforma retenga, tienes un régimen fiscal, emites tus propios CFDI, y presentas tus declaraciones. La retención de la plataforma es un anticipo de tu impuesto, no tu obligación completa.

El error caro es creer que “como la plataforma ya me retiene, ya estoy cubierto”. No. La plataforma retiene; declaras, acreditas lo retenido y facturas. Esta guía es sobre esa segunda vida. Y como todo en este pillar, se conecta con tu cálculo de precio y margen: tu carga fiscal real es una capa más del costeo, no una sorpresa al final del mes.

Elegir régimen fiscal: el menú real para un vendedor de marketplace

Antes de vender tu primer producto importado, tienes que estar dado de alta en el SAT en algún régimen. Estas son las figuras que un vendedor B2C suele considerar:

RégimenQuiénTope de ingresos (reportado)Tasa / lógica (reportada)Nota para el vendedor de marketplace
RESICO Persona FísicaPersona física~$3.5 millones MXN/añoISR ~1% a 2.5% sobre ingresos cobrados, sin deducir gastosReportadamente no aplica a ingresos por plataformas tecnológicas (ver abajo)
Actividades Empresariales por plataformas tecnológicasPersona física que vende por plataforma(régimen específico)Retención de la plataforma + posible pago provisional/definitivoEl régimen “natural” para muchos vendedores de marketplace
Régimen General de PF (actividad empresarial)Persona físicaSin tope específicoISR sobre utilidad (ingresos − deducciones), tasa progresivaPermite deducir costos (importación, logística, publicidad); más contabilidad
Persona Moral (general)Sociedad (S.A., S. de R.L., etc.)Sin topeISR corporativo sobre utilidadMás estructura, separa patrimonio, útil para crecer/socios
RESICO Persona MoralSociedad mercantil~$35 millones MXN/añoISR sobre flujo de efectivo, deducción inmediata de inversionesRequiere que socios sean solo personas físicas, entre otros requisitos

La elección depende de cuánto vendes, cuánto puedes deducir, y si operas solo o con socios. Un punto clave: el RESICO PF tiene tasas bajas (1% a 2.5%) pero se calcula sobre tus ingresos cobrados sin restar gastos — atractivo si tienes pocos gastos deducibles, menos si importas con costos altos que querrías deducir. El Régimen General y la Persona Moral pagan sobre utilidad (ingresos menos deducciones), lo que puede convenir a un importador con costo aterrizado y logística altos.

El punto que cambia todo: las cifras de RESICO arriba son reales, pero hay una regla reportada que las vuelve casi irrelevantes para el vendedor de marketplace. Sigue leyendo.

La trampa del RESICO: los ingresos de plataforma reportadamente te sacan

Aquí está lo que casi nadie te dice antes de que elijas régimen. Varias fuentes contables coinciden en que, conforme a la regla 3.13.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal y al artículo 113-E de la LISR, las personas físicas que obtienen ingresos a través de plataformas tecnológicas (entre las que se mencionan Amazon y Mercado Libre como intermediarios) no pueden optar por tributar en el RESICO Persona Física por esos ingresos.

Y el efecto reportado es más fuerte de lo que parece: al generar ingresos por plataformas, se reporta que pierdes el derecho a RESICO para todos los ingresos del ejercicio, no solo los de la app — incluso si tienes otras actividades. Eso te empuja a elegir entre:

  • Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas (el régimen específico para esto), o
  • Régimen General de Persona Física.

Hay un matiz importante reportado: el régimen de plataformas aplica a la intermediación (cuando la plataforma cobra al comprador por ti). Para ventas por tu propio sitio de e-commerce —fuera de la intermediación— sí podrías, según algunas fuentes, tributar en RESICO o en Actividades Empresariales y Profesionales. Pero combinar ambos mundos es delicado y es exactamente la clase de decisión que debes validar con tu contador, no resolver leyendo un artículo.

Traducción práctica: si tu plan era darte de alta en RESICO PF “porque paga poquito” y vender en Amazon/ML, revisa esa idea con tu contador antes de inscribirte. La regla reportada para 2026 probablemente te coloque en el régimen de plataformas o en el general. (Regla reportada con base en RMF 2026 y LISR; confírmala con tu contador.)

Cómo emitir CFDI 4.0 a los clientes que sí piden factura

Vendas como persona física o moral, emites tus propios CFDI. La versión vigente reportada es CFDI 4.0. En la práctica, en un marketplace hay dos situaciones:

  • El cliente te pide factura (común en ventas a empresas o a quien deduce): emites un CFDI nominativo con el RFC, nombre/razón social, régimen fiscal y código postal del receptor exactamente como aparecen en su constancia de situación fiscal — el CFDI 4.0 valida estos datos, y un dato mal escrito rechaza el comprobante.
  • El cliente NO pide factura (la inmensa mayoría de tus compradores B2C): esas ventas las agrupas en una factura global (siguiente sección).

Para poder emitir CFDI necesitas tu e.firma y tu Certificado de Sello Digital (CSD) activos — sin CSD vigente, no puedes facturar. Si vendes en varias plataformas y por tu cuenta, conviene apoyarte en un sistema de facturación o en tu contador para no perder el control, sobre todo si haces cross-listing en Amazon y Mercado Libre desde un mismo inventario.

La factura global: cómo documentar las ventas al público en general

Esta es probablemente la pieza menos entendida y más útil para un vendedor B2C. La gran mayoría de tus compradores en Amazon o Mercado Libre no piden factura — pero esas ventas sí deben quedar registradas ante el SAT. Para eso existe la factura global: un CFDI que agrupa todas las ventas al público en general de un periodo en un solo comprobante.

Según la guía de llenado del CFDI global del SAT y fuentes del sector, la factura global en CFDI 4.0 se emite con estos datos:

CampoValor reportado
RFC del receptorXAXX010101000 (RFC genérico)
Nombre del receptorPÚBLICO EN GENERAL
Régimen fiscal del receptor616 — Sin obligaciones fiscales
Uso del CFDIS01 — Sin efectos fiscales
Código postal del receptorEl CP del domicilio fiscal del emisor
PeriodicidadDiaria, semanal o mensual
Plazo de emisiónReportado: dentro de las 72 horas siguientes al cierre del periodo

Notas reportadas que conviene tener presentes: la factura global no es deducible para el cliente (por eso quien quiere deducir te pide factura nominativa), no admite pagos diferidos ni valores negativos, y cada venta entra como un concepto del comprobante global. La elección de periodicidad (diaria vs. mensual) depende de tu volumen y de cómo lleves tu contabilidad — algo a coordinar con tu contador.

Por qué importa: si no emites factura global, tienes ingresos sin documentar frente al SAT, lo que es exactamente lo que no quieres cuando además la plataforma ya le reporta tus depósitos a la autoridad. La factura global es lo que cuadra “lo que vendí” con “lo que declaro”.

Cómo la retención de la plataforma se acredita contra el impuesto de tu régimen

Aquí se cierra el círculo entre tus dos vidas fiscales. La plataforma te retiene (reportado: 2.5% de ISR y 8% de IVA con RFC en regla) y lo entera al SAT a tu nombre. Esa retención no es un impuesto extra: en la mayoría de los casos es un pago provisional acreditable que restas del impuesto que te toca según tu régimen.

La lógica práctica:

  • ISR: la retención de la plataforma es un anticipo. En tu declaración calculas el ISR de tu régimen (sobre ingresos en RESICO, o sobre utilidad en general/PM) y acreditas lo ya retenido; solo enteras la diferencia. Algunas personas físicas con ingresos bajos pueden optar porque la retención sea pago definitivo (mediante aviso al SAT), simplificando su vida — pero es una opción, no la regla general.
  • IVA: el IVA que te retiene la plataforma y el IVA que pagas en aduana al importar se acreditan contra el IVA que trasladas en tus ventas. Para el importador formal, el IVA es flujo de efectivo, no pérdida.

La mecánica detallada de las tasas y del castigo por RFC en desorden está en la guía de retenciones de plataformas digitales. Lo que esta guía añade: para que ese acreditamiento funcione, tienes que estar en el régimen correcto, emitir tus CFDI (incluida la global) y conservar los comprobantes de retención que emite la plataforma. Sin eso, el “anticipo” no te sirve de mucho.

Obligaciones operativas: RFC, e.firma, CSD, declaraciones y el castigo del 36%

Estar formalizado no es solo “tener RFC”. Para un vendedor de marketplace, las obligaciones operativas reportadas incluyen:

  1. RFC dado de alta en el régimen que te corresponda (plataformas tecnológicas / general / PM), con tu actividad económica correcta.
  2. e.firma vigente — tu identidad fiscal digital, necesaria para muchos trámites.
  3. CSD (Certificado de Sello Digital) activo — sin él no puedes emitir CFDI.
  4. Buzón Tributario activo, donde el SAT te notifica.
  5. Declaraciones: las fuentes reportan declaraciones mensuales (mencionado antes del día 17 del mes siguiente) y la anual, según tu régimen.
  6. Conservar los comprobantes de retención de cada plataforma para poder acreditar.
  7. Cargar correctamente tu RFC, e.firma y CSD en CADA plataforma, con datos que coincidan con tu constancia de situación fiscal.

Ese último punto es el más caro si lo descuidas: cuando la plataforma no detecta información fiscal válida (CSD no cargado, datos que no coinciden, régimen incorrecto), aplica una retención máxima reportada de hasta 36% (20% ISR + 16% IVA) como medida preventiva. La diferencia entre ~10% (2.5% + 8% con todo en regla) y ~36% es enorme y se la lleva el descuido administrativo, no la ley. Mantener tus sellos y datos al día en cada marketplace es, literalmente, dinero. Esto aplica igual si vendes vía Amazon FBA o Mercado Libre Full.

Checklist fiscal del vendedor importador antes de vender

  1. Define tu régimen con un contador — recuerda la regla reportada: los ingresos por plataforma probablemente te impiden usar RESICO PF; evalúa Actividades Empresariales por plataformas, Régimen General o Persona Moral.
  2. Date de alta en el SAT en ese régimen, con tu actividad económica correcta.
  3. Tramita e.firma y CSD — sin CSD no facturas.
  4. Activa tu Buzón Tributario y revísalo: ahí te notifica el SAT.
  5. Carga RFC, e.firma y CSD en CADA plataforma (Amazon, Mercado Libre), con datos idénticos a tu constancia — para evitar el castigo del 36%.
  6. Configura tu sistema de facturación para emitir CFDI 4.0 nominativos a quien pida factura.
  7. Programa la factura global (diaria/semanal/mensual) por las ventas al público en general — RFC XAXX010101000, régimen 616, uso S01.
  8. Guarda los comprobantes de retención de cada plataforma para acreditar ISR e IVA.
  9. Presenta tus declaraciones (mensuales y anual) en tiempo, acreditando lo retenido.
  10. Incluye la carga fiscal en tu costeo desde el inicio — no como sorpresa.

Cómo encaja en el pillar de Amazon y Mercado Libre

La parte fiscal es una de las capas que define si tu operación importadora es rentable y sostenible, no solo grande. Esta guía es el complemento natural de la de retenciones de plataformas digitales: aquella explica lo que la plataforma te quita; esta, lo que tú haces con tu régimen y tus CFDI. Juntas forman el panorama fiscal completo.

Antes de pensar en régimen, conviene tener resuelto el setup operativo en Amazon FBA México y Mercado Libre Full, y el envío de tu inventario a fulfillment. Todo lo fiscal alimenta tu cálculo de precio y margen — un margen calculado sin contar régimen, retenciones y costo aterrizado es un margen ficticio. Y como importador, tu IVA acreditable arranca en la aduana: revisa cómo se conecta con el costo aterrizado y margen de mayoreo y con el panorama de aranceles 2026. Vuelve cuando quieras al hub de Amazon y Mercado Libre para el resto de las piezas.

Para recordar: la plataforma te retiene, pero declaras. El vendedor que confunde las dos cosas paga de más, factura mal y tarde o temprano lo nota el SAT. El que entiende que tiene régimen propio + CFDI propios + factura global —y lo coordina con su contador— convierte lo fiscal en un costo predecible, no en una bomba de tiempo.


Este contenido es informativo y no constituye asesoría fiscal, contable ni legal. Todas las cifras (topes de ingresos, tasas de ISR, porcentajes de retención, plazos, códigos de CFDI) son rangos y datos de referencia reportados por fuentes del sector y guías del SAT con base en la normatividad 2026, y pueden cambiar, tener excepciones o no aplicar a tu caso particular. Las reglas citadas (regla 3.13.3 de la RMF, artículo 113-E de la LISR, guía de llenado del CFDI global del SAT) se mencionan según su reporte público; verifica su vigencia y alcance en el portal del SAT (gob.mx/sat). Antes de elegir régimen, darte de alta, facturar o presentar declaraciones, asesórate con tu contador o un especialista fiscal. DTD Express no se responsabiliza por decisiones tomadas con base en este material.

Preguntas frecuentes

¿Puedo darme de alta en RESICO Persona Física si vendo en Amazon o Mercado Libre?
Según fuentes del sector, **no por los ingresos que obtienes a través de la plataforma**. Las reglas reportadas para 2026 (la regla 3.13.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal y el artículo 113-E de la LISR) indican que quien obtiene ingresos por plataformas tecnológicas **no puede optar por el RESICO Persona Física** por esos ingresos, e incluso pierde la opción de RESICO para el resto de sus actividades del ejercicio. En la práctica, el vendedor de marketplace tributaría en el **Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas** o en el **Régimen General de Persona Física**, no en RESICO PF. RESICO sí podría aplicar para ventas por tu **propio sitio de e-commerce** (fuera de la intermediación de la plataforma), pero esto es delicado y depende de tu caso. *(Regla reportada; confírmala con tu contador antes de elegir régimen.)*
¿Qué es la factura global y por qué la necesito si vendo en marketplaces?
La **factura global** es un CFDI que agrupa todas tus **ventas al público en general** —los compradores que no te pidieron factura ni te dieron su RFC— en un solo comprobante, para que esas ventas queden registradas ante el SAT. Se emite con el **RFC genérico XAXX010101000**, nombre **PÚBLICO EN GENERAL**, régimen fiscal del receptor **616 (Sin obligaciones fiscales)** y uso de CFDI **S01 (Sin efectos fiscales)**, en versión **CFDI 4.0**. Puede emitirse de forma **diaria, semanal o mensual**, y las guías reportan que debe expedirse dentro de las **72 horas** siguientes al cierre del periodo. Para el vendedor de marketplace es clave porque la mayoría de tus compradores B2C **no piden factura**, pero esas ventas igual deben quedar documentadas. *(Datos con base en la guía de llenado del CFDI global del SAT; verifica el procedimiento vigente.)*
Si la plataforma ya me retiene ISR e IVA, ¿tengo que volver a pagar al presentar mi declaración?
No pagas dos veces si lo contabilizas bien. La retención que hace la plataforma (reportada en **2.5% de ISR** y **8% de IVA** con RFC en regla) es, para la mayoría de los casos, un **pago provisional acreditable**: la **acreditas** contra el impuesto que te corresponde según tu régimen, de modo que solo enteras la diferencia. Algunas personas físicas con ingresos bajos pueden optar porque esas retenciones sean **pago definitivo**, mediante aviso al SAT. La mecánica detallada de cuánto y por qué te retiene la plataforma la cubrimos en la guía de [retenciones de plataformas digitales](/es/mercado-libre-amazon/retenciones-plataformas-digitales-isr-iva-2026-vendedores-china-mexico/); esta guía se enfoca en el otro lado: tu régimen y tus propios CFDI. *(No es asesoría fiscal; confirma el tratamiento con tu contador.)*
¿Qué pasa si no subo mi e.firma o mi CSD a la plataforma?
Que te retienen el máximo. Las fuentes del sector reportan que, cuando la plataforma **no detecta información fiscal válida** —RFC, e.firma o sellos digitales CSD bien cargados y datos que coincidan con tu constancia de situación fiscal—, aplica una retención máxima de hasta **36% en total** (reportado como **20% de ISR + 16% de IVA**) como medida preventiva. Es decir, tener tu **RFC, e.firma y CSD en regla y cargados correctamente** en cada plataforma no es un trámite menor: es la diferencia entre que te retengan ~10% (2.5% ISR + 8% IVA con RFC) o ~36%. La primera tarea fiscal de un vendedor formal es **darse de alta bien y mantener sus datos al día**. *(Cifras reportadas; verifica las vigentes con tu contador y en el SAT.)*

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